El 3 de marzo de 1976 se produjo una, sino la mayor, agresión de la historia moderna sufrida por la clase trabajadora, no ya solo de Vitoria-Gasteiz o de Araba, sino también de Euskal Herria.
En esa fecha la policía represora franquista asesinó a cinco obreros e hirió a más de cien de diversa gravedad y consideración con la pretensión de cortar por la fuerza de las armas, una lucha ilusionante encaminada a conseguir unas condiciones dignas de trabajo y la implantación de un régimen totalmente democrático, pleno de libertades y derechos. El objetivo final de la actuación policial era dar un escarmiento que sirviera de lección ejemplar a posibles entusiastas y seguidores de esa lucha y con ello poder mantener en la mayor medida de lo posible el régimen dictatorial impuesto tras el golpe militar fascista de Franco.
Tras esta sangrienta actuación, lejos de esclarecer los hechos y depurar responsabilidades, varios han sido los agravios y agresiones que se han venido repitiendo a lo largo de los años. Así en 1977 se proclama una ley de punto final, mal llamada de amnistía, con la que se consigue que verdaderos criminales autores de tremendas atrocidades queden sin castigo y disfruten de la más completa impunidad. Los autores de la masacre del 3 de marzo con su máximo responsable, Fraga Iribarne a la cabeza, también se beneficiaron de la ley y siguen ostentando hoy día relevantes cargos de poder, tanto políticos como económicos.
En 1978, fueron los Tribunales de Justicia, más concretamente la Jurisdicción Militar, los que nos tomaron el pelo sobreseyendo los sumarios abiertos, a pesar de constatar en ellos delitos por homicidio. El argumento esgrimido fue que no hubo indicios suficientes para acusar de dichos delitos a persona o personas determinadas, en fin, una burla y agresión más.
El intento de acogernos a la ley de Solidaridad con las Víctimas del Terrorismo tampoco fructifica. A pesar de haberlo solicitado siguiendo las recomendaciones de algunos partidos políticos e instituciones, que entendían que seríamos contemplados en la ley pues así se recogía en el espíritu con el que se creó, se nos negó toda posibilidad. Tanto el Ministerio del Interior, como más adelante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional, consideraron que “los trabajadores subvirtieron de forma violenta la paz y seguridad ciudadana, debiendo intervenir la policía para recuperar el orden perdido, viéndose obligados a disparar para preservar y salvaguardar sus vidas”. Los agredidos nos convertimos en agresores y los agresores en agredidos.
Fieles a nuestro afán por lograr verdad y justicia recurrimos a la Jurisdicción Ordinaria para, mediante la presentación de una Querella Criminal poder reabrir el caso. Fue otro revés a nuestro intento, pues amparándose en la prescripción y la no competencia, no se admitió a trámite dicha Querella.
Tampoco el Gobierno Vasco ha atendido la demanda de corregir la injusticia cometida con nosotros. A pesar del compromiso adquirido por las instituciones autonómicas, con el propio Lehendakari a la cabeza, de que una vez agotadas las posibilidades de ser reconocidos en el Estado Español, se abordaría aquí el problema, la solución todavía no ha llegado. Es más, aplicando los mismos criterios argumentados para no incluirnos en la ley de Solidaridad por el Gobierno Español y a pesar de la Declaración Institucional del Parlamento Vasco de considerarnos “víctimas del terrorismo”, el Gobierno Vasco no va ha contemplarnos como tales en la futura ley de reconocimiento y reparación que está elaborando. Otra incoherencia, otra actuación de lavado de imagen, otra agresión más.
El último gran fiasco y decepción consumado es la aprobación de la ley conocida como de Memoria Histórica. En absoluto recoge esta ley las expectativas depositadas en ella tanto por nosotros como por multitud de colectivos y organizaciones que trabajan en la recuperación de la Memoria Histórica y por lograr verdad, justicia y reparación para todas las víctimas del franquismo por igual y sin distinción alguna.
Esta ley no anula las sentencias dictadas por los tribunales franquistas carentes de toda legalidad y sin ningún tipo de garantías. Tampoco permite investigar, esclarecer y marcar los responsables de innumerables crímenes cometidos en la rebelión militar, el posterior enfrentamiento civil y el periodo dictatorial franquista impuesto tras el derrocamiento de la República.
En lo referente a las víctimas de la última etapa de la dictadura franquista, que es el que nos afecta de manera particular, la ley es de una ambigüedad y arbitrariedad absoluta. El gobierno mediante un decreto, seleccionará, entre todos los que resultaron fallecidos o incapacitados por la represión en el periodo que va desde el 1 de enero de 1968 al 6 de octubre de 1977, quienes, en qué forma y de qué manera deberán ser reconocidos. Se determinará qué víctimas lo fueron “en defensa de la democracia” y cuales no, se vuelve a fraccionar y a discriminar al conjunto de las víctimas. En este sentido, hay que tener en cuenta, además, que la ley marca un plazo de 6 meses para elaborar el decreto regulador y que en marzo se celebran elecciones, por lo que no sabemos, ni el color del gobierno resultante de las urnas, ni con que espíritu asumirá lo recogido en ella. A este respecto tenemos que expresar nuestro escepticismo por habernos negado ya en su momento el gobierno conformado por el PP todo reconocimiento tal y como hemos expresado anteriormente en base a considerarnos unos alborotadores en vez de luchadores por las libertades y la democracia.
Según la legislación internacional en derechos humanos, los delitos de lesa humanidad ni prescriben ni pueden ser amnistiados. Tal como está redactada la ley da lugar a interpretar que los afectados comprendidos en este periodo de referencia no son víctimas del franquismo y por lo tanto, no son víctimas de delitos de lesa humanidad. Esto y en base a lo citado anteriormente impedirá juzgar a los responsables de dichos delitos, bien por haberse beneficiado estos de la ley de amnistía, o por haber prescrito los hechos con el transcurso del tiempo. Por cierto, dichos criterios ya han sido aplicados por los Tribunales de Justicia del Estado Español para no enjuiciar los sucesos que acontecieron el 3 de marzo de 1976 en Gasteiz.
Si ya comprobamos que con esta ley de Memoria es imposible acceder a nuestros deseos de “verdad y justicia” y por eso la rechazamos, ni tan siquiera podemos aceptarla en el aspecto de la reparación. En lo referente a las indemnizaciones , deberían ser indemnizables, no solo los fallecidos y los que resultaron con lesiones invalidantes como se recoge en los artículos citados, también deberían serlo todos aquellos que fueron heridos, resultaron con secuelas físicas o psíquicas, sufrieron cárcel y persecución o fueron represaliados por motivos políticos con repercusión en el ámbito laboral o social , durante todo el periodo que duró la dictadura franquista, aplicándoles a todos ellos el mismo reconocimiento, trato y consideración que se han establecido anteriormente en otras leyes relativas a víctimas.
Continuaremos firmes en la lucha mantenida a lo largo de los años para lograr verdad, justicia y reparación y seguiremos denunciando todas las situaciones que, como esta Ley, perpetúan un modelo de impunidad y suponen una agresión más a la memoria de la clase obrera.