La coordinadora que agrupa a colectivos memorialistas, asociaciones de víctimas del genocidio franquista y del terrorismo de Estado en Euskal Herria denuncia que la ponencia del Parlamento sobre “otras víctimas” (Ver video) no se ajusta a la legislación internacional.
Postura de LAU HAIZETARA GOGOAN (LHG) ante la puesta en marcha de la ponencia en el Parlamento de Gasteiz sobre lo que denominan «víctimas de violaciones de derechos humanos y otros sufrimientos injustos producidos en un contexto de violencia de motivación política»:
SE OBVIA EL MARCO DE LA LEGALIDAD INTERNACIONAL
La ponencia se sustenta en un informe que ha sido elaborado por una entidad que carece de la necesaria cualificación, trayectoria y referencialidad para tratar materias de este calado y características. El texto evidencia la ausencia de un trabajo de documentación jurídico, histórico y sociológico, imprescindibles para la consecución de unos resultados mínimamente objetivos. Para la elaboración de este informe no se han realizado las consultas pertinentes a las victimas, las asociaciones y personas cualificadas que han tomado parte en la definición jurídico-política de esta materia. En definitiva, no se ajusta a la legalidad y la jurisprudencia internacional. No se definen las categorías de las vulneraciones que quedarían afectadas por el trabajo de la ponencia, y además se establecen criterios discriminatorios y atenuantes en función:
a) Del momento en que se han cometido las vulneraciones de derechos, encuadrándolos, además, en base a unos períodos cronológicos, que se establecen de manera arbitraria, y que no se ajustan a parámetros históricos contrastados ni aceptados por la comunidad científica.
b) De las personas físicas o jurídicas bajo cuya responsabilidad se cometen las vulneraciones, dando a entender que, en aquellos casos en que las personas físicas susceptibles de investigación por comisión de delitos de vulneración de derechos pertenecen a la administración del Estado, dicha pertenencia es una causa atenuante (que podría derivar en exculpatoria), cuando, muy al contrario, esta condición debería de considerarse como agravante, en la medida en que es responsabilidad y deber del propio Estado la defensa activa de dichos derechos y, en consecuencia, evitar tales vulneraciones.
Todo esto provoca que cientos de personas queden excluidas de la consideración de víctimas de violaciones de derechos fundamentales. Se manipula la realidad histórica, política y jurídica para evitar la categorización de las violaciones como crímenes de lesa humanidad. Se rompe con el principio jurídico del respeto a la igualdad de derechos y trato ante la ley. Se niega la participación de las victimas, familiares y asociaciones. Se oculta el censo de victimas y se obvia el derecho a las garantías de no repetición, con lo que se perpetua el estatus quo socio-político que las generó. En definitiva, se mantiene la impunidad de sus responsables, y se niega el derecho a la Justicia.
La violencia sufrida por los ciudadanos que es motivo del análisis de esta ponencia ha sido ejercida por los aparatos del Estado y debe de conceptuarse como: TERRORISMO DE ESTADO.
Ante esta situación LHG ve necesaria la elaboración de un nuevo informe por un equipo multidisciplinar e independiente, formado por personas de probada trayectoria profesional y/o implicación en la defensa de los DDHH, el respeto de la legalidad internacional y el principio jurídico del respeto a la igualdad de derechos y trato ante la ley. Tomando como base el censo ya existente (elaborado por la Ponencia de víctimas de la violencia de 1999-2000 y la Dirección de DDHH durante los años 2007/2009) y otras investigaciones históricas o sociológicas publicadas hasta el presente, las instituciones deben activar los mecanismos para que el mapa del sufrimiento provocado por el terrorismo de Estado en las últimas décadas se complete en su totalidad.